El pasado jueves 20 de febrero, la Mesa Permanente por la Justicia Laboral -MPJL- con el acompañamiento técnico jurídico de FESPAD, pidió formalmente a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que aclare la medida cautelar que prohíbe la participación política de empleados y funcionarios públicos. Consideran que tal como está la medida cautelar se restringen los derechos de asociación, expresión, reunión y el libre ejercicio de los derechos políticos.
Diversas organizaciones aglutinadas en la Mesa Permanente por la Justicia Laboral le solicitaron a la Sala de lo Constitucional que aclare el alcance de las prohibiciones establecidas a funcionarios y empleados públicos mediante medida cautelar dictada el pasado 10 de febrero en el proceso de inconstitucionalidad 8-2014.
La medida cautelar emitida por la Sala de lo Constitucional, prohíbe, entre otras cosas, a los empleados públicos “asistir, acompañar o participar, de cualquier modo, en actividades político-partidarias que constituyan objetivamente una forma de apoyo, vínculo o reconocimiento hacia un partido político, sus integrantes o sus propuestas electorales”. Según el escrito presentado por la MPJL, la prohibición no especifica en qué momento opera la prohibición, es decir, si ésta opera mientras se realiza alguna actividad relacionada con el empleo o función, o si implica una exclusión total de los trabajadores/as de la vida politica del país, en cuyo caso, implicaría una flagrante violación a sus derechos más elementales, tales como: asociación, expresión, reunión y ejercicio de derechos políticos.
También se cuestiona el establecimiento de cinco prohibiciones que objetivamente no podrían ser cometidas por los empleados públicos. Con ello se afecta la seguridad jurídica reconocida en el artículo 2 de la Constitución.
Por la anterior, los trabajadores/as solicitaron a la Sala que aclare en qué momento los trabajadores sí pueden tener participación política y que, además, se aclare cuáles prohibiciones establecidas son para funcionarios y cuáles para los empleados públicos. Y es que consideraron que su exclusión como ciudadanos con derechos políticos sería un grave retroceso en el desarrollo de la democracia salvadoreña.
Ante el escrito presentado, lo procedente sería que la Sala de lo Constitucional le dé respuesta a los trabajadores/as previo a emitir una sentencia definitiva y previo al evento electoral del próximo 9 de marzo, evitando así, una vulneración de los derechos fundamentales de miles de trabajadores/as del sector público.
Puede leer el escrito presentado visitando: