COMUNICADO: Nuevas medidas contenidas en el Decreto Ejecutivo 19 son contrarias a la Constitución

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14 abril, 2020

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Salud ha emitido el día 13 de los corrientes el DE número 19, con el cual deroga el DE 14 que era el regulaba las medidas a cumplir por parte de la ciudadanía.

Vemos que el DE 19 retoma la mayor parte de normas del DE 14, pero también advertimos que se han agregado algunos aspectos que nos llaman la atención. En primer lugar decir que en relación al literal “b” del artículo 1, que se refiere a que toda persona que incumpla el resguardo domiciliar y que no logre justificar el incumplimiento, luego de ser examinado por personal de salud, será llevado a centros de cuarentena controlada por 30 días.

Esta disposición da lugar a arbitrariedades, ya que los casos en donde se ha enviado a personas retenidas a curentena, no ha mediado un examen por parte de facultativos en salud, sino que han sido los miembros de la policía o del ejército quienes deciden a quién detener o a quien no; se sabe que ellos no tienen el mínimo conocimiento técnico al respecto. Lo peor es que esta disposición contraviene lo dispuesto por la Sala de lo Constitucional, establecido en resoluciones de admisión reciente de varios habeas corpus.

En segundo lugar nos preocupa como FESPAD, lo establecido en el literal “e” del artículo 1, en cuanto a que obliga a todos los ciudadanos a permitir el ingreso al personal de salud para inspeccionar casas de habitación, locales, predios públicos o privados, con el propósito de evaluar medidas sanitarias a tomar. Esta disposición puede reñir con lo que establece el art. 20 de la Constitución la cual establece que “La morada es inviolable y sólo podrá ingresarse a ella por consentimiento de la persona que la habita, por mandato judicial, por flagrante delito o peligro inminente de su perpetración, o por grave riesgo de las personas.”

Esta disposición del DE 19 al ser mal interpretada o aplicada por las autoridades podría dar lugar a violaciones a DDHH.

San Salvador, 14 de abril de 2020


También puede descargar el documento aquí:https://cutt.ly/1t0sMoM
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