Movimiento sindical junto a FESPAD proponen delito de “violación de fuero sindical”

2 octubre, 2015

Más de 45 organizaciones de trabajadores, entre sindicatos, federaciones, y confederaciones, con el acompañamiento de FESPAD, presentaron a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma al Código Penal para que se incluya el delito de “fuero sindical” con el cual se sancionaría con pena de prisión al patrono o funcionario público que despida, traslade o desmejore al integrante de la junta directiva de un sindicato constituido o en vías de constitución.

El 1 de octubre diversas organizaciones sindicales, con el acompañamiento de FESPAD presentaron a la Asamblea Legislativa una pieza de correspondencia mediante la cual se solicita se reforme el Código Penal incluyendo en el mismo un artículo 247-A denominado “violación de fuero sindical”.

En la propuesta presentada se establece que: “El que despida¸ suspenda, traslade o desmejore en sus condiciones de trabajo al integrante de la Junta Directiva de una organización sindical durante el período de su elección y mandato o dentro del año siguiente al de la finalización de sus funciones, sin calificación judicial previa que lo autorice, será sancionado con prisión de cuatro a seis años.
Se considera que existe despido del directivo sindical cuando se le impida el ingreso al centro de trabajo o se le deje de pagar salario y prestaciones de ley.

En el mismo delito incurrirá  quien realice la conducta descrita en el primer inciso de este artículo en contra de las personas integrantes de la Junta Directiva de un sindicato que esté en vías de obtener personalidad jurídica.

Lo dispuesto en este artículo se aplicará en una tercera parte más de la pena máxima cuando el hecho sea cometido por funcionario o empleado público y se aplicará además la pena de inhabilitación para el ejercicio del cargo por igual tiempo. Si el hecho tiene como causa la condición de ser mujer la víctima o implica una situación de discriminacióno de violencia hacia la mujer, se aplicará dos terceras partes más de la pena máxima”.

La reforma encuentra fundamento constitucional en lo establecido en el artículo 47 inciso sexto de la Constitución de la República que señala que los directivos sindicales no pueden ser despedidos, suspendidos, trasladados o desmejorados durante el año de su elección y mandato y hasta un año después de haber finalizado sus funciones y también, en diversos convenios internacionales ratificados por El Salvador, como lo son los convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo.

La propuesta de reforma fue elaborada por el programa DESC de FESPAD a iniciativa de los sindicatos integrados en la Mesa Permanente por la Justicia Laboral -MPJL- y busca poner fin a los abusos de patronos y funcionarios que atentan contra la estabilidad laboral de los hombres y mujeres directivos de sindicatos.

Para elaborar la propuesta se buscó un amplio consenso sobre el contenido de la propuesta entre las organizaciones sindicales. También la propuesta fue socializada y entregada con antelación a los grupos parlamentarios del FMLN, ARENA y GANA. En principio el FMLN manifestó que apoyaría dando iniciativa de ley a la propuesta pero a tempranas horas del día de la presentación informó, a través de un asesor y del diputado Blandino Nerio, que no apoyarían la propuesta de las más de 45 organizaciones sindicales que la suscribieron. ARENA nunca expresó si apoyaría o no la propuesta a pesar de haber sido consultados reiteradamente.  GANA, a través del diputado Juan Carlos Mendoza, por su parte, mantuvo su apoyo y le dio iniciativa de ley a la propuesta que debe pasar a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

Altercado con la vigilancia de la Asamblea Legislativa

Miembros de la vigilancia de la Asamblea Legislativa, junto a agentes policiales, impidieron el ingreso a la Asamblea Legislativa a los representantes de las diversas organizaciones sindicales que acompañarían la presentación de la propuesta.

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Tanto la vigilancia como los agentes policiales manifestaron tener indicaciones de no dejar pasar a nadie mas allá del paqueo de la Corte Suprema de Justicia. Según manifestaron, para ingresar hay que gestionar con algún diputado o diputada.

Dicha situación causó molestias entre los hombres y mujeres sindicalistas presentes que enérgicamente reclamaron su derecho a ingresar a las instalaciones de la Asamblea Legislativa en virtud de ser una institución pública a la que se tiene derecho a ingresar en calidad de ciudadanos y ciudadanas.

Al final, luego por mediación de directivos sindicales que habían logrado ingresar se  hicieron gestiones con diputados de la Asamblea Legislativo pero únicamente se permitió el ingreso únicamente a una pequeña delegación de las organizaciones asistentes.

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