Este día, el Juzgado Séptimo de Paz de San Salvador desarrolló la audiencia inicial en el caso del delito de acoso sexual cometido por Jaime Ulises Perla en contra de la periodista Wendy Hernández.
En su resolución la jueza Séptimo de Paz ordena que el caso pase a la fase de instrucción y dictó medidas sustitutivas a la detención provisional, es decir que el imputado será puesto en libertad, contrario a lo que la Fiscalía General de la República había solicitado como medida cautelar.
También ha sido de conocimiento público que durante el desarrollo de la audiencia, la señora jueza, refiriéndose a la periodista Wendy Hernández, emitió la desafortunada frase “Ella debe estar acostumbrada a ese tipo de hechos”.
Ante lo cual, FESPAD como institución que trabaja por los derechos humanos, el acceso a la justicia, la dignidad humana y que tiene como uno de sus ejes transversales el trabajo en prevención y erradicación de la violencia contra la mujer, reprueba la postura de la señora Jueza Séptimo de Paz; en tanto que con ello pudiera estar minimizando la radiografía real de las conductas y abusos machistas, dejando entrever que el imputado en este caso tiene derecho y el poder de hacer lo que quiera.
Aunque el acoso sexual causa un daño personal a la víctima, este es considerado un mal social porque afecta a todas las mujeres y a la sociedad en su conjunto. En ese sentido, podría ser que la jueza haya revictimizado al desacreditar a la periodista vinculando los hechos con la profesión, por su condición de género y normalizando estas prácticas, lo que demuestra que la violencia de género responde a relaciones de poder, a problemas de desigualdad y está enraizada en las instituciones de administración de justicia.
Por otro lado, se demuestra una vez más que no ha habido suficiente interés por parte del Órgano Judicial en sensibilizar a los y las funcionarias judiciales. Tampoco en las otras instituciones del Estado.
Según la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV) es violencia Institucional “toda acción u omisión abusiva de cualquier servidor público, que discrimine o tenga como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y disfrute de los derechos y libertades fundamentales de las mujeres; así como, la que pretenda obstaculizar u obstaculice el acceso de las mujeres al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar las manifestaciones, tipos y modalidades de violencia conceptualizadas en esta ley”.
Es importante tomar en cuenta lo establecido por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en su Recomendación General No. 35, todos los actos de violencia de género deben ser investigados de manera adecuada, teniendo en el centro del proceso la protección de la víctima y sus familiares, sin que esto implique una afectación al derecho a la presunción de inocencia del cual gozan los procesados.
Ahora bien, cabe la posibilidad que al no conocer el contexto, estemos prejuzgando de manera imprecisa a la Señora Jueza por el desacierto cometido, alguna explicación ella podrá dar; ella, incluso, podría estar siendo víctima del mismo sistema patriarcal, machista y misógino. Menos, debe desviarse la atención en el hecho generador de este proceso penal que fue la conducta delictiva de Jaime Ulises Perla; es hacia él que debe volverse la atención y sobre el beneficio recibido.
En tanto lo anterior, FESPAD exhorta a la Fiscalía General de la República a que, siguiendo el debido proceso, presente la apelación oportuna. Además, anima al Instituto Salvadoreño de la Mujer (ISDEMU), a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), y particularmente al sistema judicial salvadoreño a que actúen de inmediato para proteger y garantizar justicia en este tipo de casos que a diario experimentan las mujeres en El Salvador.
FESPAD expresa su solidaridad con la periodista Wendy Hernández.
San Salvador, 17 de marzo de 2021
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— FESPAD (@FESPAD_sv) March 18, 2021