Exigen a fiscal que diligencie denuncia contra Norman Quijano

4 junio, 2013

PRESUMIBLEMENTE, NORMAN QUIJANO, COMETIÓ EL DELITO DE DESÓRDENES PÚBLICOS

El día 4 de junio de los corrientes la Mesa Permanente por la Justicia Laboral -MPJL-, con el acompañamiento de FESPAD, realizó una conferencia de prensa para exigir al Fiscal General de la República que investigue la denuncia interpuesta en contra de Norman Quijano, Alcalde de San Salvador y candidato presidencia del partido ARENA, por la probable comisión del delito de desórdenes públicos.

La denuncia fue presentada el 17 de enero de 2013 por miembros de organizaciones sindicales integradas en la MPJL, con el acompañamiento jurídico de FESPAD; sin embargo, hasta la fecha no se tiene conocimiento de que se haya realizado alguna investigación al respecto o que se haya asignado fiscal auxiliar alguno para que atienda el caso, manifestaron los miembros de la MPJL.

Según la denuncia, Norman Quijano cometió el delito de desórdenes públicos al obstruir varias calles de San Salvador con toneladas de escombros resultantes del desmantelamiento de los puestos de venta de cientos de vendedores/as desalojados del centro de San Salvador en octubre de 2012, lo cual, sumado al cierre de las arterias con agentes del Cuerpo de Agentes Metropolitanos -CAM- causó alarma entre la población e impidió el libre tránsito de los ciudadanos/as en las arterias viales obstruidas, situación que se ajusta a lo establecido en el artículo 348 del Código Penal que señala que se comete el delito de desordenes públicos: “(…) obstaculizando las vías públicas o los accesos a las mismas para los que por ellas circulen (…)”.

Así, el Alcalde de San Salvador sería responsable del delito de desórdenes públicos pues fue en virtud de sus órdenes que se obstruyó con escombros las calles de San Salvador y fue, también, bajo sus órdenes que agentes del CAM restringieron el paso a los transeúntes, todo ello, sin que exista fundamento legal que lo ampare. Por tales acciones correspondería imponer una pena de prisión de hasta cuatro años e inhabilitarlo para ejercer el cargo de alcalde.

En la conferencia se prensa, se manifestó que la Fiscalía General de la República está en la obligación de pronunciarse en este caso, debiendo dar el mismo trato que se ha dado en otros casos donde los procesados no son funcionarios públicos o políticos.

También, se exhortó al Fiscal General de la República a investigar y pronunciarse en relación al ejercicio de la acción penal o al archivo de las respectivas diligencias.

ARENA ENREDADO EN SU PROPIA TRAMPA: QUIJANO TENDRÍA QUE IR A UN PENAL

Desde que ARENA reformó el artículo 348 del Código Penal en el año 2006 (luego de las protestas en Suchitoto en contra de la privatización del agua), ahora no importa la finalidad con la que se realice la obstrucción de una vía pública, basta con que ella se lleve a cabo para que se incurra en el ilícito. Desde esa fecha, el delito de desórdenes públicos ha servido para reprimir la protesta social, entre ellas, la de los trabajadores/as, estudiantes, campesinos, organizaciones de la sociedad civil etc., pero nunca para procesar a un funcionario y menos aún, a un funcionario del Partido ARENA, quienes promovieron la reforma, la cual incluyó, prohibir el otorgamiento de medidas alternativas a la detención provisional a quienes fueran procesados por el delito de desórdenes públicos.

Por lo anterior, si el Fiscal General de la República cumple con su deber de investigar y le da a Norman Quijano el mismo tratamiento que se le ha dado a trabajadores, estudiantes y campesinos, y procede a presentar el respectivo requerimiento fiscal ante un juzgado, Norman Quijano tendría que ser enviado a un penal como medida cautelar mientras se lleva a cabo la etapa de instrucción.

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