La obligación de los Estados de abstenerse de realizar desalojos forzosos y de proteger contra los mismos a ocupantes de hogares y tierras se deriva de varios instrumentos jurídicos internacionales que protegen el derecho humano a una vivienda adecuada y otros derechos humanos conexos.
El Derecho a la vivienda es un derecho universal, reconocido a nivel internacional y en más de 100 constituciones nacionales de distintos países en todo el mundo, es un derecho reconocido para todas las personas. La vivienda adecuada fue reconocida como parte del Derecho a un nivel de vida adecuado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 19481 y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 19662, en la Convención sobre los Derechos del Niño, entre otros. Este derecho incumbe a todos los Estados puesto que todos ellos lo han ratificado mediante, por lo menos, un tratado internacional relativo a la vivienda adecuada y se han comprometido a proteger el derechos a una vivienda adecuada.
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