“La corrupción mata. La cantidad de dinero robado cada año con la corrupción es 80 veces más de lo que hace falta para alimentar a la gente que pasa hambre en el mundo. Al menos 870 millones de personas van a dormir con hambre todas las noches, muchas de ellas niños. La corrupción les niega el derecho a la comida y en algunos casos, el derecho a la vida”. (Navi Pillay. Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos)
La relación entre el acceso a la información con respecto a la forma en que las instituciones del Estado manejan los fondos públicos subyace íntimamente ligada con la satisfacción de los derechos humanos. La lucha contra la corrupción así como la instauración de un sistema de integridad y transparencia no solo dignifican la función pública sino que a la vez generan una percepción ciudadana de mayor confianza y credibilidad
La posibilidad de obtener información con respecto al manejo de los asuntos públicos había sido considerada hasta años recientes como un monopolio de empresas dedicadas al comercio de la información, las que constituían el único vehículo para hacer llegar de manera indirecta al ciudadano o ciudadana común y corriente, información de las actuaciones de servidores o servidoras públicas, muchas veces tergiversada o manipulada dependiendo de los intereses políticos o económicos en juego.
Aùn cuando la constituciòn de la republica reconoce que El Salvador es un Estado soberano y que “dicha soberanìa reside en el pueblo” (art 83), complementariamente declara que “el poder pùblico emana del pueblo” (art 86), la ciudadania siempre necesitò intermediarios para accesar a informaciòn que por derecho le corresponde obtener sin mas limitaciones que las determinadas por la ley, confiriéndole por tanto un rol activo en la obtención de información oportuna, fidedigna, creíble y transparente acerca del ejercicio del poder público.
Ya desde el año 2006 la corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) habìa establecido en su articulo 13 el derecho de toda persona a la libertad de pensamiento y de expresión. Ademàs delimitò la extensiòn y finalidad de este derecho en el sentido de que el mismo comprende “la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
El 8 de mayo de 2011 entró en vigencia la Ley de Acceso a la Información Pública en El Salvador, reconociendo, como lo hicieran anteriormentela convención Interamericana contra la corrupción y la Convención de la ONU contra la corrupción que “es una obligación de los funcionarios públicos actuar con transparencia y rendir cuentas de sus actuaciones”, al mismo tiempo que elevan a la categoría de derecho el que la sociedad tenga acceso a conocer la información derivada de la actuación gubernamental y la participación ciudadana como una contribución decisiva para el fortalecimiento de las instituciones públicas la eficiencia administrativa de estas y la prevención detección sanción y erradicación de los actos de corrupción que pudiesen ocurrir.
Teniendo cómo telón de fondo lo ya expresado, FESPAD a través del proyecto” Participación Ciudadana en la construcción de una cultura de integridad y transparencia”, auspiciado por la Unión Europea y desarrollado en conjunto con la Federación Luterana Mundial (FLM), la Asociación de radios comunitarias ARPAS y el Centro para la promoción de los Derechos Humanos “Madeleine Lagadec”, CPDH, impulsan esta iniciativa a fin de empoderar en el conocimiento de la ley de acceso a la información pública (LAIP) y multiplicar el protagonismo de lideres y liderezas de organizaciones sociales y comunitarias así como de los equipos técnicos y autoridades municipales en la prevención, denuncia y castigo de todo acto de corrupción.
Las instituciones implementadoras de esta iniciativa han impulsado hasta la fecha el diplomado sobre “Transparencia y Acceso a la Información Pública” en 11 de 15 municipios elegidos, favoreciendo aproximadamente a 220 lideres y liderezas de 36 Organizaciones sociales.
Como organizaciones defensoras de los Derechos Humanos fortalecer la acción social y comunitaria son factores claves para expandir un enfoque amplio de este derecho y la existencia de mecanismos efectivos para el traslado de dicha información, buscando garantizar a los sectores más vulnerables un acceso sin discriminación ni obstaculización en la obtención de información que durante mucho tiempo se les ha ocultado o les ha sido negada, y a la que tienen ahora mas poder que años atrás para exigirla y recibirla.
1.Navi Pillay. jurista sudafricana, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos desde julio de 2008. Centro de noticias de la ONU. http://www.un.org/spanish
Un comentario
Sobre el monopolio o control de la informaci?n por los medios de comunicaci?n masiva, es importante no perder de vista que dicha situaci?n estaba condicionada en gran medida por la tecnolog?a disponible. Al aparecer nuevas tecnolog?as, especialmente las que permiten comunicaciones en red, esa especie de «monopolio natural» que pose?an los medios se comienza a caer.