Comunicado | El espacio cívico es una garantía para el respeto de los derechos de la población y la buena gestión pública

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28 mayo, 2024

La libertad de expresión, asociación y reunión son pilares fundamentales para la defensa y promoción de los derechos humanos en sociedades que buscan la paz, igualdad y democracia. Estas libertades son herramientas esenciales para asegurar una administración pública eficaz y orientada al bienestar ciudadano.

Actualmente, la ciudadanía salvadoreña enfrenta desafíos significativos, manifestados en la erosión de las libertades de expresión, reunión pacífica y asociación. Estos derechos son esenciales para el funcionamiento de cualquier democracia; su garantía brinda la oportunidad de que las personas participen activamente en la toma de decisiones y al desarrollo colectivo del país.

En los últimos años se han identificado barreras al ejercicio pleno de estos derechos dentro del espacio cívico, tales como la supresión de espacios de diálogo, la obsrtucción de la labor periodística, la criminalización de las organizaciones de la sociedad civil y de personas defensoras de derechos humanos y la progresiva obstaculización para la legalización de organizaciones de la sociedad civil. A ello se suma la aprobación de reformas legales que podrían instrumentalizar el sistema judicial en contra de la defensa de los derechos humanos.

En esa línea, el régimen de excepción se perfila como uno de los principales instrumentos que propician la vulneración de los derechos del espacio cívico. La mayoría de las organizaciones observamos un incremento en el temor a participar o asociarse debido a posibles represalias que puedan incluir la detención sin justificación alguna.

Ante este contexto, distintas organizaciones de la sociedad civil hemos construido la “Plataforma de monitoreo del espacio cívico”, con el objetivo de monitorear, registrar, sistematizar y denunciar las condiciones que afectan los derechos humanos y los marcos normativos que limitan la labor de organizaciones de sociedad civil.

Uno de estos marcos restrictivos es el instructivo la Unidad de Investigación Financiera del Estado que pone cargas administrativas injustificadas a las organizaciones de la sociedad civil, o las reformas legales que intentan criminalizar el trabajo legítimo de las mismas; como las realizadas en el artículo 34-A de la Ley Especial Contra Actos de Terrorismo, que permite al fiscal general, de manera muy discrecional, designar como “terrorista nacional” a individuos o entidades investigados, procesados o condenados por actos terroristas; atribución que por su ambigüedad podría vulnerar la presunción de inocencia y facilitar la represión de organizaciones de sociedad civil.

En este escenario, como organizaciones de la sociedad civil, a partir de enero del presente año, iniciamos el registro de las afectaciones al espacio cívico.

Se presentan datos estadísticos que exponen los principales hallazgos del periodo de enero a abril del presente año. Este primer reporte, revela que el derecho a la libre expresión constituye el 61.3% de las vulneraciones(con 19 casos), seguido por la libertad de asociación con el 22.6% (equivalente a 7 casos) y el derecho de reunión pacífica con el 16.1% (5 casos).

En cuanto al número de registros según el perfil de las personas afectadas, encontramos a periodistas quienes representan el 58.1%, con 18 casos; organizaciones de sociedad civil con el 12.9%, equivalente a 4 casos; representantes o liderazgos sindicales o gremiales con el 9.7%, equivalente a 3 casos;integrantes de partidos políticos con el 9.7%, equivalente a 3 casos; personas defensoras con el 6.5% equivalente a 2 casos; manifestantes con el 3.2%, equivalente a 1 caso.

Respecto al número de registros según el agresor, encontramos a los funcionarios públicos con el 51.6% equivalente a 16 casos; Policía Nacional Civil con el 29.0%, equivalente a 9 casos; simpatizantes de partidos político con el 12.9%, equivalente a 4 casos, usuarios de redes sociales con el 6.5%, equivalente a 2 casos.

Ante estos datos iniciales recopilados, instamos al Estado Salvadoreño a tomar las medidas necesarias para detener cualquiera de estas acciones, con el objetivo de garantizar el respeto de las libertades fundamentales de las y los salvadoreños, en especial aquellas libertades y derechos que están estrechamente vinculados con la contraloría social ejercida por organizaciones de la sociedad civil, periodistas y personas defensoras de derechos humanos.

Es de fundamental importancia el papel de fiscalización hacia la gestión pública que se realiza desde la ciudadanía. Ello, es una garantía para avanzar en la construcción de un mejor El Salvador, donde exista justicia social y una administración pública eficiente.

“Nuestra lucha es por la dignidad de las personas”

San Salvador, 28 de mayo de 2024.

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