COMUNICADO: Cuatro años sin Ley de Amnistía en El Salvador

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16 julio, 2020

Escasos avances en justicia, verdad y reparación para las víctimas del conflicto armado

Cuatro años han transcurrido desde la histórica sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de 1993. La derogación de esta ley fue posible gracias a décadas de lucha liderada por víctimas, familiares y sobrevivientes de las atrocidades ocurridas desde la década de 1970 y durante la guerra civil salvadoreña.

Esa decisión judicial fue consistente con los estándares internacionales sobre el deber del Estado de investigar, juzgar y sancionar a las personas responsables por graves violaciones a los derechos humanos que constituyen a su vez, crímenes de guerra y de lesa humanidad. Tanto la Comisión como la Corte Interamericanas de Derechos Humanos habían llamado a El Salvador a garantizar que dicha Ley no representara un obstáculo para la verdad y el acceso a la justicia.

De conformidad con ello, la Sala afirmó que respecto de crímenes de tal magnitud es inaplicable la prescripción y por tanto se pueden perseguir en cualquier tiempo y lugar. Asimismo, reconoció que existió un aparato organizado que ordenó y cometió estos delitos aberrantes siguiendo un patrón sistemático, por lo que la responsabilidad penal por esos hechos debe extenderse a autores directos, a quienes dieron las órdenes y a quienes, en posiciones de mando, podrían haber evitado los crímenes y no lo hicieron.

Otros aspectos fundamentales de esta sentencia son que ordenó a las autoridades dar acceso a información pública relacionada con las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado; y que se deben adoptar medidas de reparación integral para las víctimas.

Las organizaciones firmantes, articuladas en la Mesa contra la Impunidad en El Salvador (MECIES), el Grupo de Trabajo Pro-Memoria Histórica y el Grupo Gestor de la Ley de Reparación Integral de Víctimas del Conflicto Armado sostenemos que, pese a este importante fallo constitucional, hasta hoy, las instituciones obligadas por la sentencia parecen más empeñadas en perpetuar la impunidad y el olvido, que en cumplir con las obligaciones internacionales del Estado y con lo ordenado por la propia Sala.

Muestra de ello es que la Asamblea Legislativa, lejos de legislar en materia de acceso a información y reparaciones, intentó aprobar una Ley de Reconciliación Nacional que habría mantenido la impunidad de las personas responsables de estos crímenes. Pese a la fuerza de denuncia y propuesta de las víctimas y una comunidad internacional que ha rechazado estos intentos, la Asamblea continúa priorizando otros intereses sobre la garantía del derecho a la justicia y a la verdad, que alcance a toda la sociedad salvadoreña.

En el mismo sentido, aun sin Ley de Amnistía, la Fiscalía General de la República no ha hecho avances sustantivos en ninguno de los más de 100 casos que han sido presentados por las víctimas a lo largo de los años. Si bien, la unidad fiscal creada para atender los casos del conflicto armado no ha contado con los recursos suficientes para realizar su labor y, menos, ha recibido del Fiscal General el respaldo necesario; es preocupante que, en este período, no se haya presentado un solo requerimiento fiscal de los casos que están bajo su responsabilidad.

Recordamos que, a la luz de sus obligaciones internacionales, el Estado salvadoreño debe llevar a cabo los procesos penales con todas las garantías, especialmente la debida diligencia, para sancionar a quienes cometieron las graves violaciones a los derechos humanos en apego al principio de proporcionalidad. Argumentos a favor de la extinción de la responsabilidad penal de los autores mediatos e inmediatos de estos crímenes para mantener “la paz” son inadmisibles. Luego de años del cese al fuego en El Salvador, la sociedad se ha esforzado por construir una paz duradera, por lo que se vuelve necesario acabar con la histórica negación de las responsabilidades. La justicia es más que nunca un imperativo. Por su parte, las instituciones del Órgano Ejecutivo –tanto en la anterior como en la actual administración– no han asumido las órdenes constitucionales derivadas de la sentencia.

Ambos gobiernos han eludido sus responsabilidades y han dado insuficientes avances en materia de reparación. Más allá de acciones mediáticas y con pocos beneficios para las víctimas, persiste la ausencia de espacios reales de diálogo y las barreras para el acceso a la información y documentación especialmente sobre las fuerzas armadas y de los cuerpos de seguridad de la época– de utilidad para las investigaciones penales, localización de personas desaparecidas, entre otros aspectos.

En este contexto de crisis sanitaria, esta fecha no debe pasar desapercibida, no solo porque la actuación del Órgano Legislativo representa un claro y grave paso en la prolongación de la impunidad, sino también porque la pandemia de COVID-19 ha expuesto la falta de compromiso estatal con la garantía de los derechos humanos y ha reafirmado la urgencia de consolidar el Estado de Derecho para evitar la repetición de este tipo de violaciones y garantizar la paz social.

Por ello, las víctimas, las organizaciones de víctimas y de derechos humanos, PEDIMOS:

  • A la Asamblea Legislativa, que cumpla con su deber y garantice que la Ley de Reconciliación sea conforme con los estándares internacionales en materia de derechos humanos y respete integralmente la dignidad de las víctimas, asegurando su derecho a la verdad, la justicia y la reparación integral. Una acción inmediata debe ser el estudio del veto presidencial al Decreto Legislativo (No 575) que contiene la Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional, aprobada por ese Órgano de Estado a finales de febrero de 2020.
  • Al Presidente de la República, levantar las barreras que impiden el acceso a la documentación sobre el conflicto armado, especialmente la que obra en poder la Fuerza Armada. Asimismo, que profundice y amplíe los incipientes programas de reparación para las víctimas que durante toda su administración se han visto disminuidos o suspendidos.
  • Finalmente, que brinde de inmediato un mayor respaldo a las dos comisiones existentes de búsqueda de personas desaparecidas durante el conflicto (CNB y CONABUSQUEDA), a fin de que puedan atender a la mayor brevedad posible las exigencias de las víctimas y familiares.
  • A la Sala de lo Constitucional, que se mantenga vigilante para asegurar el cumplimiento de lo ordenado en su sentencia del 13 de julio de 2016 y que, en la medida que lo permita la situación sanitaria actual, reprograme la audiencia de seguimiento que estaba prevista para el 15 de abril de 2020 en la que debe revisar íntegramente el estado de cumplimiento de la referida resolución de inconstitucionalidad y adoptar las medidas que sean necesarias para asegurar su cumplimiento.
  • Al Fiscal General de la República, que agilice las investigaciones y los procesos judiciales sobre los crímenes de lesa humanidad y de guerra ocurridos en el contexto del conflicto armado.

A cuatro años de la resolución de la Sala y más de 28 años desde los Acuerdos de Paz, las organizaciones firmantes reconocemos que romper con la impunidad de las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado es el único camino para garantizar que crímenes como aquellos no vuelvan a suceder en El Salvador.


También puede descargar el comunicado aquí: https://cutt.ly/6aoAwZA00
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