Como Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho -FESPAD- vemos con atención la decisión tomada en las distintas comisiones de la Asamblea Legislativa -AL- en cuanto a enviar a archivo las propuestas de ley sobre diferentes temáticas presentadas principalmente por organizaciones sociales antes del 1 de mayo del corriente año.
Al no existir mayor explicación de parte de los y las diputadas sobre las razones de esa decisión; estamos a la expectativa por conocer la ruta prioritaria en materia de aprobación y reforma de leyes que la AL tomará. Creemos que si la intención es “partir de cero” como se ha dicho; sin tomar en cuenta, sin haber leído y discutido las propuestas enviadas a archivo, esto sería un error en cuanto a que, sin duda, algunas propuestas presentadas por organizaciones sociales constituyen una base sólida como insumo. Despreciarlas a priori es perder recursos valiosos y oportunidades para favorecer directamente a la población en general, como es el caso de la importancia que reviste regular el derecho humano al agua, o la desaparición de personas; así como otras propuestas que, teniendo un carácter sectorial como la Ley de Identidad de Género, o la Ley de protección a periodistas, entre otras, son de beneficio para la sociedad entera.
De manera particular, al interior de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la AL, se tomó la decisión de enviar a archivo la propuesta de Ley de protección a personas defensoras de derechos humanos, elaborada y presentada en el año 2018, por defensores/as de distintos ámbitos, de todo el territorio nacional, aglutinadas en la Mesa por el Derecho a Defender Derechos.
Puede interpretarse que la medida no toma en cuenta la labor realizada en la promoción y defensa de derechos fundamentales, y la construcción colectiva y participativa de la propuesta; situación que se contrapone a la narrativa que los nuevos funcionarios en la AL trabajan en razón de los intereses de la población.
Es de recordar que según la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” (Declaración sobre los defensores de derechos humanos), adoptada por consenso por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1998, es responsabilidad de los Estados generar los ambientes propicios para la defensa de derechos humanos y libertades fundamentales, para ello deben crearse los marcos normativos internos que sean necesarios a fin de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos; sin embargo, a pesar de lo anterior y del reconocimiento implícito del derecho a defender derechos que hace la Constitución de la República en su Art. 2, no existe un desarrollo legislativo a nivel nacional que reconozca y promueva la defensa de derechos humanos y proteja debidamente a las personas defensoras que lo ejercen.
Desde el año 2017 las organizaciones sociales hemos asumido el rol que le corresponde al Estado salvadoreño como garante, en la construcción de la propuesta de un marco normativo que recoja los estándares internacionales de garantía y protección del derecho a defender derechos, pero, además, el sentir de la población que lucha y pone en práctica la promoción y defensa de sus derechos humanos, misma que una vez más ha sido vulnerada con esta medida.
La propuesta que ha sido enviada a archivo, fue elaborada con base en los estándares internacionales de derechos humanos, tomando como guía el derecho comparado, y contó con las observaciones de varios grupos poblacionales que reivindican diferentes banderas de lucha, como sindicatos, población LGBTI, mujeres, defensores/as de la memoria histórica, indígenas, campesinos, defensores/as de la tierra y el territorio, entre otros/as; pero además, su contenido fue consolidado por expertos/as en derechos humanos de alta trayectoria, y revisado finalmente por instancias internacionales de derechos humanos.
Independiente de quien o quienes ostentan el poder de decisión al interior de las instancias gubernamentales, la responsabilidad corresponde al Estado como tal, por tanto, la composición de la AL anterior debió haber dado trámite de ley a la propuesta pero no lo hizo, aun cuando contó con el análisis de la Comisión respectiva y de una Mesa Técnica que debatió cada uno de los artículos y que estuvo integrada por organizaciones sociales que conformamos la Mesa por el Derecho a Defender Derechos, así como personal de la AL y de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. Es decir, la propuesta ya había pasado por todos los requisitos de ley y el análisis técnico al interior de la Comisión respectiva. Lo que faltó fue voluntad política.
Enviar a archivo ésta y otras propuestas que han significado años de trabajo por distintos actores y sectores, puede verse preliminarmente también en el mismo sentido de falta de voluntad política, y de no hacerse de manera distinta a la gestión de la AL anterior, se estaría siempre en regresividad en términos del reconocimiento de los derechos humanos, la negación de la justicia y la reducción de espacios de participación ciudadana en la construcción democrática de una sociedad justa y equitativa.
Ahora se presenta un nuevo contexto de país donde existe la correlación suficiente para hacer de manera distinta las cosas, para hacer transformaciones estructurales que busquen el bien común; no hacerlo puede establecer una paradoja entre lo que se dice públicamente, y lo que realmente se hace.
San Salvador, 21 de mayo de 2021